Perfiles atípicos
Pedir un préstamo hipotecario estando embarazada o de baja por enfermedad: sus derechos frente al banco y al asegurador
Préstamo hipotecario embarazada, en baja por maternidad o enfermedad: lo que lee el banco, lo que puede pedir el asegurador y lo que prohíbe la ley.
Un embarazo o una baja por enfermedad no impiden solicitar un préstamo hipotecario. El banco analiza los ingresos y el contrato de trabajo, no el estado de salud; cada entidad decide cómo interpretar un ingreso sustitutivo. El asegurador no puede hacer ninguna pregunta sobre la salud cuando se cumplen las condiciones de la ley Lemoine. El código penal clasifica el embarazo y el estado de salud entre las causas de discriminación.
Por Sandy MASCART, mandataire d'intermédiaire en opérations de banque et en services de paiement ORIAS 26000541 sous le mandat de CDV PATRIMOINE & ASSURANCE (ORIAS 14005573)
Lo esencial
- Un embarazo o una baja por enfermedad no impiden solicitar un préstamo: el banco evalúa los ingresos y el contrato de trabajo, no el estado de salud.
- Durante una baja por maternidad o enfermedad, el ingreso del momento ya no siempre es el salario habitual; cada banco decide cómo interpretarlo.
- Cuando se cumplen las condiciones de la ley Lemoine, el asegurador no puede solicitar ninguna información relativa al estado de salud.
- El código penal clasifica el embarazo y el estado de salud entre las causas de discriminación; su excepción para el seguro solo menciona el estado de salud.
- Lo que esta excepción permite a un asegurador prestatario frente a un embarazo en curso no se resuelve aquí: ningún documento leído lo decide.
- El banco analiza ingresos y fechas; los documentos médicos solo van al asegurador, cuando este tiene derecho a solicitarlos.
Un embarazo o una baja por enfermedad no impide solicitar un préstamo hipotecario. El prestamista analiza sus ingresos y su contrato; el asegurador, un riesgo, dentro de los límites de la ley. Vea también las situaciones fuera de lo común y, tras el nacimiento, la baja por paternidad o maternidad.
Préstamo hipotecario embarazada o en baja por enfermedad: es posible
Ningún texto reserva el crédito a las personas en actividad a tiempo completo. El prestamista evalúa la solvencia «refiriéndose en particular a documentos verificables» (artículo L. 313-16 del código de consumo): sus nóminas y su contrato del momento.
El límite no cambia; la base de ingresos puede reducirse durante la baja.
Le ratio rapporte les charges d'emprunt, assurance comprise, aux revenus définis par la décision : revenu net avant impôt, hors ressources qui ne sont ni stables ni récurrentes. La manière dont chaque banque lit un revenu de remplacement pendant un congé ou un arrêt relève de sa politique de crédit.
- En vigueur depuis le
- Source
- Décision D-HCSF-2021-7, art. 1er — Légifrance
Cómo el banco analiza sus ingresos
| Su situación | Lo que muestran los documentos | Las lecturas posibles |
|---|---|---|
| Embarazada, en su puesto, sin baja | Nóminas ordinarias | Cálculo inalterado; la cuota mensual debe ser asumible durante la baja |
| En baja por maternidad | Ausencia, indemnizaciones diarias, a veces mantenimiento de salario | El salario habitual si la reincorporación está escrita y próxima, de lo contrario el ingreso del momento |
| En baja corta, reincorporación fechada | Una línea de ausencia | Un imprevisto, explicado por escrito |
| En baja larga, sin reincorporación fechada | Indemnizaciones, a veces previsión | Un ingreso temporal: el coprestatario asume el expediente, o se espera |
| En reincorporación a tiempo parcial terapéutico | Salario reducido y complemento limitado | El salario reducido; el complemento se interpreta mal |
La duración limitada de las indemnizaciones hace al analista prudente: los ingresos considerados por el banco.
Contrato y periodo de prueba
En contrato indefinido, la baja por maternidad suspende el contrato; al reincorporarse, el código del trabajo (artículo L. 1225-25) prevé un empleo similar con una remuneración al menos equivalente. El certificado del empleador lo demuestra.
El artículo L. 1225-1 prohíbe al empleador tener en cuenta el embarazo «para poner fin a su contrato de trabajo durante un periodo de prueba». No se refiere al prestamista: el periodo de prueba se interpreta como tal (los contratos no permanentes).
Qué decir al banco, qué guardar para el asegurador
Al banco: ingresos y fechas, no un diagnóstico. Explique de antemano una baja o una incapacidad visible en las nóminas. Las respuestas sobre salud solo van dirigidas al asegurador, cuando este puede formularlas.
Lo que el asegurador puede solicitar
Reunidas las dos condiciones, no se permite ninguna pregunta sobre salud. ¿Entra una pregunta sobre un embarazo? Solicítelo por escrito al asegurador (la supresión del cuestionario).
En caso contrario, debe «responder exactamente a las preguntas formuladas» (artículo L. 113-2 del código de seguros): la declaración falsa. El asegurador puede aceptar, excluir, aplicar un recargo, aplazar o rechazar; la delegación abre la puerta a otros contratos (el convenio AERAS).
De plein droit, selon le code de la santé publique : aucune adhésion à demander, aucun formulaire à réclamer.
- En vigueur depuis le
- Source
- Article L. 1141-2 du code de la santé publique — Légifrance
Lo que prohíbe el código penal
Distinguir a las personas sobre la base « de su embarazo » o « de su estado de salud » constituye una discriminación (artículo 225-1 del código penal), sancionable cuando consiste « en negarse a la prestación de un bien o de un servicio » (artículo 225-2).
La excepción del artículo 225-3 se refiere al estado de salud y al seguro de riesgos, no al embarazo ni a la concesión del crédito. Negarse a conceder un crédito únicamente por el motivo de un embarazo entra en los supuestos del artículo 225-2. El caso de una suspensión del seguro vinculada a un embarazo sigue abierto.
¿Negación sospechosa? Solicite por escrito el motivo y presente una reclamación ante el Defensor de los Derechos.
Cuatro gestos antes de la presentación
Como intermediario de operaciones bancarias y de servicios de pago con estatuto de mandatario, no decido ni la aprobación, ni el tipo de interés, ni el seguro.
- Dos presupuestos: ingresos de la baja o de la incapacidad, y luego el salario recuperado.
- El escrito del empleador: contrato, antigüedad, fechas, fecha prevista de reincorporación.
- Los desgloses de las indemnizaciones y la posible conservación del salario, junto con los demás justificantes.
- La nota informativa del seguro, apartado de incapacidad.
Tasas. Presente sus fechas por teléfono.
Cree su expediente antes del contrato de arras, con las fechas en mano.
Fuentes
- Légifrance — Article 225-1 du code pénal
- Légifrance — Article 225-2 du code pénal
- Légifrance — Article 225-3 du code pénal
- Légifrance — Article L. 313-16 du code de la consommation
- Article L. 113-2-1 du code des assurances — Légifrance
- Légifrance — Article L. 113-2 du code des assurances
- Article L. 1141-2 du code de la santé publique — Légifrance
- Légifrance — Article L. 1225-1 du code du travail
- Légifrance — Article L. 1225-25 du code du travail
- economie.gouv.fr/hcsf/mesures/mesure-relative-loctroi-de-credits-immobiliers
- Défenseur des droits
- Service-Public.fr — Congé de maternité d'une salariée du secteur privé
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