Seguro de préstamo · Guía
Fallecimiento de un prestatario: lo que reembolsa el seguro y lo que queda a cargo del coprestatario
A quién paga el seguro, qué no cubre, qué debe pagar el superviviente y qué preguntar al notario: el mecanismo, en orden.
Tras el fallecimiento de un prestatario, el seguro reembolsa al prestamista, nunca a los herederos, la fracción del capital pendiente que corresponde a la cuota asegurada a nombre del fallecido, para las garantías contratadas y aún activas. El saldo no cubierto sigue debiéndose por el coprestatario superviviente, en virtud del contrato de préstamo que firmó, y los plazos continúan descontándose durante la instrucción del expediente.
Por Sandy MASCART, mandataire d'intermédiaire en opérations de banque et en services de paiement ORIAS 26000541 sous le mandat de CDV PATRIMOINE & ASSURANCE (ORIAS 14005573)
Lo esencial
- El seguro reembolsa al prestamista la fracción del capital pendiente que corresponde a la cuota asegurada a nombre del fallecido, nunca directamente a los herederos.
- Tres condiciones acumulativas determinan el pago: la garantía contratada, activa en la fecha del fallecimiento, y que cubra el capital pendiente.
- Con una cuota que no cubre la totalidad del préstamo, el saldo no cubierto sigue debiéndose por el coprestatario superviviente, con un solo ingreso.
- Los plazos continúan descontándose durante la instrucción del expediente de fallecimiento; la indemnización llega más tarde, a menudo con efecto retroactivo.
- La deuda del préstamo figura en el pasivo sucesorio por su saldo real, una vez deducida la indemnización del seguro: es sobre ese saldo sobre el que trabaja el notario.
En el fallecimiento de un prestatario, el seguro reembolsa al prestamista la parte del capital pendiente cubierta a su nombre, y nada más. El resto sigue siendo debido, a menudo por el coprestatario, con un solo ingreso. Garantías y procedimiento: el expediente del seguro de prestatario; la elección de la cuota: la cuota en pareja.
Fallecimiento del prestatario: lo que el seguro cubre
La fracción del capital pendiente igual a la cuota asegurada sobre la persona fallecida, si la garantía está contratada y sigue activa. Ni el saldo, ni las otras deudas, ni los gastos de sucesión.
- décès
- perte totale et irréversible d’autonomie (PTIA)
- incapacité temporaire totale (ITT)
- invalidité permanente totale (IPT)
- invalidité permanente partielle (IPP)
- perte d’emploi
Article R. 313-8 du code de la consommation. La garantie décès et la garantie de perte totale et irréversible d'autonomie ont chacune leur propre définition, leur propre âge limite et leur propre quotité.
- En vigueur depuis le
- Source
- Légifrance
- La garantía ha sido contratada: casi siempre para el fallecimiento.
- Sigue activa: cada garantía tiene su edad límite, sin carta para anunciarlo.
- El capital considerado es el que queda pendiente, no el monto prestado.
Una pérdida total e irreversible de autonomía ya indemnizada ya ha saldado la misma parte.
El dinero va al prestamista
El prestamista es el beneficiario: la indemnización reduce la deuda. No pasa por los herederos y no se reparte.
El banco solicita los documentos; el asegurador instruye y decide.
Lo que sigue a su cargo
- La parte no cubierta: a partes iguales, la mitad del capital sigue pendiente, sobre un solo ingreso.
- Las cuotas durante el estudio del expediente: el cargo continúa, la regularización llega después.
- Los intereses devengados y los gastos, según el contrato.
- Los otros créditos, salvo seguro propio.
- Las garantías reducidas de un inmueble en alquiler: el seguro de una inversión en alquiler.
Calcule su saldo desde hoy
Capital pendiente, menos la parte cubierta por cada persona: ¿la cuota del resto pasa sobre el ingreso que subsiste?
Préstamo saldado en parte: el coprestatario sigue obligado por el contrato y su cláusula de solidaridad, no por la herencia. Aceptar o rechazar la sucesión no resuelve por tanto el préstamo: vea al notario, con la oferta en mano, antes de firmar nada.
Las cinco gestiones, en orden
- Avisar al asegurador por escrito, con los números de contrato y de préstamo, en el plazo del folleto (leer un folleto).
- Reunir los documentos: acta de defunción, certificado médico si se solicita, tabla de amortización, certificado de adhesión con las cuotas.
- Informar al banco.
- Avisar al notario, con el préstamo y el certificado de adhesión como apoyo.
- Seguir pagando, guardando las pruebas de abono.
El paso a paso: declarar un siniestro.
Tres momentos en que la cobertura se malinterpreta
- Entre la oferta y la desbloqueo: la fecha de efecto está en el certificado de adhesión. En VEFA, el capital cubierto sigue los fondos desbloqueados.
- Durante un cambio de seguro: el contrato anterior no se resuelve hasta después de la aceptación del prestamista y la entrada en vigor del nuevo (cambiar de seguro).
- Después de la edad límite: allí, nada cubre, en silencio.
¿Papeles intrasables? Pida pronto, por escrito, el certificado de adhesión y el folleto al asegurador y al banco.
Seguro y sucesión: dos expedientes
La indemnización reduce la deuda inscrita en el pasivo; transmita la respuesta del asegurador al notario.
- Prestatario único: el saldo eventual sigue la decisión de cada heredero sobre la sucesión.
- Dos coprestatarios: el superviviente sigue vinculado por el préstamo firmado.
- Indivisión entre herederos: salida mediante la compra de la parte (compra de la compensación y desolidarización).
Los plazos que no debe dejar pasar
El plazo de declaración está en el folleto. El plazo para actuar contra el asegurador proviene del código de seguros:
Article L. 114-1 du code des assurances. Ce n'est que le principe : le même article porte plusieurs régimes plus longs, et reporte le point de départ au jour où les intéressés ont eu connaissance du sinistre s'ils prouvent l'avoir ignoré.
- En vigueur depuis le
- Source
- Article L. 114-1 du code des assurances — Légifrance
Actúe como si el plazo más corto fuera el suyo. Pida por escrito al asegurador qué plazo aplica. Un rechazo antiguo debe mostrarse a un abogado o a una asociación de consumidores antes de ser archivado.
Después: asumir, reestructurar o vender
Asumir el préstamo solo, si la cuota mensual es asumible, y reexaminar el seguro:
La part assurée sur l'encours cumulé des contrats de crédit, par assuré
Article L. 113-2-1 du code des assurances. Le plafond s'apprécie par assuré, sur la part assurée de l'encours cumulé : reprendre seul la totalité d'un prêt modifie cette assiette.
- En vigueur depuis le
- Source
- Article L. 113-2-1 du code des assurances — Légifrance
Alargar o reestructurar, con el acuerdo del prestamista. Vender pronto en lugar de bajo la presión de los impagos. La cuota mensual con un solo ingreso: la fórmula de la cuota mensual. Haga estudiar por teléfono el expediente a presentar al prestamista.
Cree su expediente para asumir o reestructurar el préstamo.
Este artículo tiene un alcance informativo. La actividad de intermediación en seguros se ejerce de forma accesoria a la actividad de intermediación en operaciones de banca: no constituye una oferta de seguro, ni un consejo personalizado sobre un contrato determinado, ni una consulta jurídica o sucesoria.
Fuentes
Para seguir leyendo
- Seguro del préstamo hipotecario en Lyon: Sandy MASCART
- Hipoteca en Lyon: preguntas frecuentes
- Baja laboral y seguro de préstamo: a quién avisar, en qué plazo y qué bloquea el pago Cómo declarar una baja laboral al seguro de préstamo: los ocho envíos, los tres documentos que siempre faltan y el único plazo fatal.
Todos los artículos sobre este tema: Seguro de préstamo